lunes, 13 de mayo de 2013

Autocontrol suspende a Jazztel por publicidad engañosa


Autocontrol suspende a Jazztel por publicidad engañosa


La Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) ha suspendido temporalmente a Jazztel como socio de esta entidad, por incumplir su exigencia de que cesara una campaña publicitaria que lanzaba a los consumidores un mensaje engañoso de ahorro en la contratación de su oferta de ADSL.



La Junta Directiva de Autocontrol ha aprobado una resolución, a la que ha tenido acceso Servimedia, en la que impone a Jazztel una suspensión temporal de tres meses de la condición de socio, por "infracción grave". La resolución tiene su origen en la reclamación que interpuso el operador ONO contra la campaña "ADSL Jazztel por 19,95 euros al mes", por considerar engañoso el mensaje que anunciaba la existencia de un falso ahorro de más de 200 euros al año comparado con otros operadores.
Esta reclamación fue estimada por la Sección Cuarta del Jurado de Autocontrol, que instó a Jazztel al cese de los anuncios. Pero en lugar de eso, la teleoperadora introdujo la corrección "hasta casi" delante de la cifra de 200 euros, algo que no ha contentado al jurado de Autocontrol. La Junta Directiva de Autocontrol ha entendido que "dado que la publicidad difundida por Jazztel inmediatamente después de la notificación de la resolución del Jurado mantenía inalterado el mismo mensaje cuya cesación ordenó el Jurado, sin que las modificaciones inicialmente introducidas fueran suficientes para alterar el citado mensaje y, por ende, para dar un adecuado cumplimiento a la resolución, era necesario concluir que Jazztel había incumplido la obligación que le incumbía en cuanto asociado de Autocontrol de dar adecuado cumplimiento a las resoluciones del Jurado".
Autocontrol entiende "acreditado que los hechos denunciados suponían un incumplimiento de la obligación asumida por los asociados en el artículo 14.d), consistente en cumplir las resoluciones que adopte el Jurado de la Publicidad, hecho éste tipificado como infracción grave en el artículo 15.2.c) de los Estatutos de Autocontrol". Autocontrol aclara que esta última resolución de la Junta es firme, sin que quepa interponer recurso alguno, tal y como dispone el artículo 18.5 de los Estatutos de Autocontrol.