lunes, 30 de marzo de 2015

Un juez condena a Vodafone por incluir a una empresa en el fichero de morosos

Un juez condena a Vodafone por incluir a una empresa en el fichero de morosos

 La compañía deberá indemnizar con 16.607 euros a una firma de automoción de Murcia por reclamarle una deuda «que no era cierta»

David, por una vez, venció a Goliat. El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Murcia ha condenado a Vodafone a indemnizar con 16.607 euros a una firma de automoción de la capital por intromisión ilegítima en su derecho al honor. Según consta en la resolución, a la que ha tenido acceso 'La Verdad', la compañía telefónica no aplicó a esta empresa murciana los descuentos que se le habían prometido en la tienda y, además, al rescindir unilateralmente el contrato en base al pacto de permanencia, la incluyeron en un fichero de morosos para exigirle una deuda que no era realmente cierta.
Según consta en la resolución, la empresa afectada acudió a los tribunales para exigir una indemnización por daños y perjuicios derivados de su incorporación, a instancias de Vodafone, a un fichero de morosos. Además, la demandante exigía también la devolución parcial del importe de determinadas facturas giradas por la compañía telefónica sin la aplicación de los descuentos que había pactado en la tienda.
Según recoge la sentencia, Vodafone alegó que no se aplicaron los descuentos al no constar que fueran pactados y al realizarse la contratación a través de un distribuidor. La empresa negó, asimismo, que existieran daños o perjuicios derivados de la inclusión en el fichero.
El juez entiende, no obstante, que la compañía «es la única que podía, y debía, haber controlado que los datos dados de alta en el fichero, respondían con certeza a deudas ciertas, vencidas y exigibles». El magistrado entiende que esto no se produjo porque, en el momento de dar de alta a la empresa murciana en el fichero, ya existía una reclamación en la Oficina del Consumidor, además de que posteriormente se dictó un laudo que obligaba a anular las facturas que se reclamaban.
«La liquidación o sanción penal que unilateralmente aplicó Vodafone a la actora», recalca el juez, « tanto más cuanto medió incumplimiento previo y grave de la empresa en consecuencias resolutorias, no puede servir de base para la notificación al fichero de una deuda que no era líquida, ni exigible, como tampoco cierta». El magistrado recuerda en su resolución que, tal y como ha resuelto el Tribunal Supremo, «la inclusión en un registro de morosos erróneamente, sin que concurra veracidad, es una intromisión ilegítima en el derecho de honor». Recuerda, asimismo, que esa imputación, la de ser moroso, «lesiona la dignidad de la persona, menoscaba su fama y atenta a su propia estimación».
De esta forma, el juzgado condena a Vodafone y a una empresa de Lorca que vendió a la afectada el servicio a indemnizar de forma solidaria a ésta en 16.607 euros. El juez impone, además, las costas a la compañía y libra un mandamiento a dos ficheros de morosos para que se dé de baja a la empresa afectada.

 Fuente:  http://www.laverdad.es/murcia/201502/25/juez-condena-vodafone-incluir-20150225013733-v.html